¿Que son los grupos de presión?



Podemos definir a los grupos de presión como aquellos  de intereses organizados que no desean de forma directa el control del poder político sino sólo influir o presionar a los centros de toma de decisiones, ya sea en el ámbito del Legislativo o el Ejecutivo y de las diferentes organizaciones y administraciones públicas. Por tanto, se diferencian claramente de los partidos políticos, porque éstos buscan directamente el poder político. 
(http://campus.usal.es/~dpublico/areacp/materiales/Gruposdepresion.pdf)

Asociación o grupo organizado de personas o instituciones que manifiestan deseos conscientes o intereses comunes a sus miembros, realizando una acción destinada a influir en las instituciones del poder público para producir decisiones de éste favorables a sus fines. Algunos autores prefieren usar el vocablo cabildeo en vez de grupo de presión para referirse a los grupos que intentan ejercer presión sobre el poder público, ya que un gran porsentaje de dichos grupos, durante la mayor parte del tiempo sólo plantean solicitudes y en el caso de usar la presión, ella no es utilizada de manera regular.
(Finer, S.E.: The Anonymous Empire. Ed. Pall Malí. Segunda edición, 1966)

Los grupos de presión los definimos aquí como agrupaciones privadas y no oficiales. Su propósito es influir en las ramas del poder desde fuera del mismo Estado. Por ello, aunque dentro del mismo Estado existen instituciones y grupos muy fuertes que ejercen presión e influjo innegables (como pueden serlo la Fuerzas Armadas, la administración pública, los organismos de seguridad, el Parlamento...), no llamamos a estas agrupaciones grupos de presión, en el sentido técnico que le estamos dando a esta expresión. Las designamos mejor con el calificativo de “grupos de poder”
(http://www.enrique-neira.com/Espanol/Analisis-Opinion/Participacion/Grupos-de-presion.htm)
 



Durante el Golpe de Estado de Argentina (1976-1983)  los grupos de presión fueron considerados subversivos. Todo grupo opuesto al Estado, era censurados o reprimido:  



Comunicado N° 19, 24/03/76


 "Se comunica a la población que la Junta de Comandantes Generales ha resuelto que sea reprimido con la pena de reclusión por tiempo indeterminado el que por cualquier medio difundiere, divulgare o propagare comunicados o imágenes provenientes o atribuidas a asociaciones ilícitas o personas o grupos notoriamente dedicados a actividades subversivas o al terrorismo. Será reprimido con reclusión de hasta diez años, el que por cualquier medio difundiere, divulgare o propagare noticias, comunicados o imágenes, con el propósito de perturbar, perjudicar o desprestigiar las actividades de las Fuerzas Armadas, de Seguridad o 

Policiales. (Diario "La Prensa", 24 de marzo de 1976)."